A la hora de realizar una escapada con la familia, hay que tener en cuenta que para viajar con menores, ya sea en bus o en avión, dentro o fuera del territorio peruano, hay que tener en cuenta algunas consideraciones. A continuación te contamos qué es lo que tienes que saber.
Protocolos anti Covid-19
A partir del Decreto Supremo N° 130-2022-PCM, vigente en el Perú desde el 27 de octubre de 2022, se derogó el decreto anterior que estipulaba el Estado de Emergencia Nacional a causa de la crisis sanitaria. Por lo tanto, ya no es necesario acreditar la aplicación de las dosis de vacunación contra la COVID-19 para viajar dentro del, o ingresar al, Perú.
Lo que sí se recomienda es el uso de mascarillas en espacios cerrados, como lo son los buses, pero no son obligatorias.
Puedes ver el Decreto Supremo más en detalle ingresando a https://busquedas.elperuano.pe
Qué documentación se necesita para viajar en bus con menores:
- Documento del menor.
- Partida de nacimiento original y actualizada del menor (si no posee DNI, la partida certificada).
- Si el viaje se realiza dentro del país, DNI del padre o de la madre.
- Si el viaje se realiza fuera del país, además de los documentos anteriormente mencionados, también son necesarios los pasaportes del menor y de los padres (o del adulto responsable que lo acompañe).
- Acta notarial, si es que el menor viaja solo, acompañado por una persona que no sean sus padres, o si viaja con solo uno de ellos fuera del país (si el menor viaja con uno de los padres dentro del país, no necesita permiso).
El acta notarial es un documento certificado por un notario, en el cual los padres brindan autorización para el viaje de su hijo menor de edad, ya sea dentro o fuera del territorio peruano. Solo se exigirá cuando:
– El menor viaje con un adulto que no sea ni su padre ni su madre.
– Si el menor viaja solo.
– El menor viaje al exterior con solo uno de sus padres.
La autorización por acta notarial tiene una vigencia de 90 días y será exigida por la autoridad migratoria peruana como requisito que permitirá la salida del menor del país. A su vez, este documento solo se podrá usar una vez.
Contenido del acta notarial:
- Debe contener la firma del notario.
- Si el viaje a realizarse es dentro del país y el menor viaja solo, es necesaria la firma de uno de los padres.
- Si el viaje a realizarse es fuera del país y el menor viaja solo, se necesitará la firma de ambos padres. Si el menor viaja al exterior con uno de los padres, se requiere la firma del padre o madre que no lo acompaña.
- Si el menor viaja con un tercero, se requiere la firma de ambos padres.
- Si uno de los padres está fallecido, se debe presentar el acta de defunción ante el notario y bastará el consentimiento del padre que sobreviva.
- Si el hijo sólo está reconocido por solo uno de los padres, bastará el consentimiento del padre que efectuó el reconocimiento.
- Ciudad de salida.
- Ciudad de destino.
- Fecha de salida.
- Fecha de retorno.
Para viajar con menores, si uno de los padres se encuentra en el extranjero y el otro en el Perú, el que se encuentre en el extranjero debe firmar la autorización en el Consulado indicando. El otro padre firmará la autorización en otro documento ante un Notario Público en el Perú.
La ley del Perú exige que para que un menor de edad que reside en el Perú, o que residiendo en el extranjero haya permanecido en el territorio Peruano por más de 90 días, pueda salir del país, solo o acompañado, es obligatorio contar con la autorización de ambos padres con certificación notarial o consular, según corresponda.